México facilitará la regulación migratoria de los extranjeros El gobierno mexicano, a través del Instituto Nacional de Migración (INM), facilitará la regularización migratoria de las personas extranjeras que hayan ingresado a México antes del 9 de enero de 2015 y que al 9 de enero de 2017 residan en el país en situación migratoria irregular. Para ello, los visitantes que se encuentren en territorio nacional y que manifiesten su interés de residir de forma temporal en el mismo deberán ajustarse al Programa Temporal de Regularización Migratoria, el cual establece los requisitos para que el INM regularice su situación. Dicho programa será aplicable siempre y cuando los extranjeros no tengan un trámite migratorio pendiente de resolución, estén sujetos a proceso penal o hayan sido condenados por delito grave y hayan sido deportados. No podrán haber incumplido una orden de salida dictada dentro de la vigencia del programa o haber incurrido en situación migratoria irregular después del 9 de enero del 2017. Para pedir dicha regularización, los interesados deben presentar el formato para solicitar trámite migratorio de estancia; pasaporte, documento de identidad y viaje, documento oficial expedido por autoridad de su país de origen, constancias consulares de identidad u otros documentos oficiales que acrediten su identidad y nacionalidad. También aquellos documentos que den cuenta de su residencia regular o irregular en el país antes del 9 de enero de 2015 como boletos de avión o de autobús; pasaporte con sello de ingreso; documento migratorio, en caso de que haya tenido una estancia regular en México. También pueden ser recibos de luz, agua, teléfono, internet, o cualquier otro servicio; expediente clínico, constancias de estudios o contrato de arrendamiento o cualquier otro documento que acredite que la persona solicitante ha residido en México. El Instituto Nacional de Migración cuenta con un término de 30 días, contados a partir del ingreso del trámite correspondiente, para resolver sobre la regularización de la situación migratoria. En caso de resolución positiva, la autoridad migratoria debe otorgar la condición de estancia de residente temporal por cuatro años e incluir en la resolución información sobre el procedimiento y requisitos para que la persona extranjera obtenga el documento migratorio correspondiente. Los residentes temporales tienen derecho a solicitar permiso de trabajo a cambio de una remuneración en el país y a la preservación de la unidad familiar de conformidad con lo previsto en la Ley de Migración y demás disposiciones jurídicas aplicables. En caso de que la resolución sea negativa, la autoridad migratoria debe fundar y motivar las causas de la misma y otorgar un plazo de 30 días hábiles para que la persona extranjera salga del territorio nacional. Este Programa entrará en vigor el 9 de enero de 2017 y concluirá su vigencia el 19 de diciembre de 2017.
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